01/04/2022
Ley de Eutanasia, garantía y elementos éticos
El 25 de junio de 2021 entró en vigor la nueva Ley que regula la Eutanasia en España. Una ley que quiere dar respuesta jurídica a la demanda social
Con esta nueva Ley, España se convierte en el quinto país del mundo en legalizar la eutanasia junto a Holanda, Bélgica, Luxemburgo y Canadá. La ley regula no solo la eutanasia propiamente dicha, sino también el suicidio médicamente asistido.
Este ha sido un camino duro porque en nuestra sociedad existe un tabú en torno a la muerte, y las personas que están en proceso de final de vida suelen ser poco visibles.
Y en este punto, es donde hay que analizar el papel de los profesionales sanitarios.
Ante el sufrimiento sólo cabe la compasión, ¿qué podemos hacer para revertirlo?
La pregunta no sólo va dirigida a los profesionales sanitarios, el miedo a la vejez, a la degradación física, en la soledad, en la precariedad económica no son preguntas para médicos, enfermeros o psicólogos, sino para la sociedad en su conjunto. Como miembros de una comunidad, ¿qué podemos hacer para paliarlos?
Los médicos de atención primaria, en general, se muestran favorables a la reforma del código penal para la regulación de la eutanasia. Esta posición se basa en el reconocimiento del derecho de las personas a disponer de su vida de manera autónoma, a tener una vida digna, y ser atendidas respetando sus convicciones y sus valores.
De hecho, los médicos de familia tienen un papel destacado en la atención y el acompañamiento de sus pacientes a lo largo de su vida, y especialmente importante es ese acompañamiento en el momento final.
Aunque actuar sobre los condicionantes sobrepasa la responsabilidad del médico y concierne a la sociedad en su conjunto.
Sin embargo, hay que destacar que la legalización o despenalización de la eutanasia se debe hacer con garantías y teniendo en cuenta elementos éticos. La persona en el momento de tomar la decisión debe ser plenamente consciente y lo tiene que hacer de manera voluntaria, por tanto, es necesario un consentimiento informado y dejar un tiempo de reflexión que permita reiterar la decisión o cambiarla.
Los profesionales sanitarios deben adoptar una actitud neutral, facilitar la información necesaria para ayudar al paciente y aplicar su voluntad de la mejor manera. Se debe asegurar, igualmente, que el motivo de la decisión no es la falta de recursos, y que la calidad de la atención sanitaria es la misma para todas las personas.
Por ello entienden que, en todo caso, la despenalización debe realizarse con una serie de garantías y elementos éticos:
1. Respeto a la voluntad de la persona sobre las circunstancias en las que quiere finalizar la vida (la persona siempre debe ser competente en el momento de explicitarlo y se puede concretar a través de su representante si pierde la competencia).
2. Es necesario, por tanto, siempre un consentimiento informado, y reiterado, con todas las garantías por asegurar la comprensión de la dimensión de la decisión.
3. Asegurar que las personas que toman la decisión de acabar con su vida no lo hacen por falta de recursos para garantizarles el cuidado y confort dentro de sus limitaciones.
4. Asegurar la misma calidad de atención sanitaria para las personas, independientemente de la voluntad que manifiesten.
5. Actitud de neutralidad de los profesionales sanitarios frente a esta situación. Ayudarán, en cualquier caso, a tomar la decisión de forma autónoma (facilitando la información necesaria) y a aplicarla de la mejor forma en beneficio del bienestar del paciente.
6. En caso de que la persona decida optar por finalizar voluntariamente con su vida, además de asegurar que lo hace (o lo hizo) en plena competencia, consciente, informada y de forma libre, es necesario facilitar un tiempo razonable de reflexión que permita reiterar la decisión (o cambiarla).
7. Es necesario garantizar el derecho del paciente a la atención profesional adecuada y el no abandono en ningún caso.
Con independencia de la orientación que los legisladores quieran dar al reconocimiento del derecho a la autonomía del paciente en situación terminal o de grave discapacidad, es imprescindible asegurar una correcta atención a las personas que están llegando al final de su vida: una atención integral paliativa de calidad y digna, desde una perspectiva de recursos materiales, humanos y asegurando la equidad en el acceso. Esta correcta atención debe darse, en cualquier caso, es recomendable que sea cercana (liderada por el EAP) y esté desvinculada del debate sobre la regulación legal de la eutanasia y el suicidio asistido.
Y finalmente, no debemos olvidar que hay que poner sobre la mesa el debate de la objeción de conciencia, y es que en los últimos años han surgido opiniones y posicionamientos muy diversos y opuestos. Es necesario hacer una reflexión profunda que permita ir más allá de estos posicionamientos enfrentados y respetar la libertad de conciencia de los profesionales sin que ésta vulnere los derechos del ciudadano. La problemática que se genera nos obliga como sociedad a buscar soluciones respetuosas con ambas partes en conflicto.